Listos para nueva normativa SEPA

Estamos llegando al final de la integración europea en cuanto a pagos y cobros se refiere. Desde el 1 de Febrero de 2016 se podrá realizar pagos y cobros a cuentas de cualquier país de la zona SEPA con las mismas condiciones que con el propio.

En el ámbito empresarial, la norma afecta entre otras cosas al sistema de adeudos bancarios (giros) y transferencias. Las antiguas normas AEB (N19, N58, N34) quedan obsoletas y todo queda integrado en las Normas SEPA 19 y 34 XML, con las cuales se podrá realizar teóricamente las mismas operaciones. Las normas SEPA 19 y 34 en texto plano también quedarán en desuso.

sepa

Desde Query Informática les informamos que nuestras aplicaciones de software ya disponen de dichas normas totalmente operativas, tanto a nivel de cobros como de pagos.

Les dejamos también algunas consideraciones y aclaraciones que figuran en la web sepaesp.es sobre este tema:

Desde el 1 de febrero de 2016, las empresas y emisores de recibos…

  • No podrán utilizar más los anticipos de crédito (cuaderno 58) ni los recibos (cuaderno 32).
  • Como alternativa, dispondrán de otros productos de financiación. Infórmese cuanto antes en su entidad bancaria de las adaptaciones necesarias.
  • Deberán reemplazar los formatos planos de ficheros por el formato XML cuando intercambien operaciones con su entidad bancaria . Consulte a su proveedor de software y/o entidad financiera sobre las herramientas informáticas a su disposición.
  • No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA.

Desde el 1 de febrero de 2016, los consumidores…

  • Deberán comunicar siempre el IBAN en sus operaciones de cobros y pagos, en lugar del CCC.
  • Dejarán de tener a su disposición herramientas de conversión de CCC a IBAN en sus entidades bancarias.
  • No tendrán que comunicar el BIC en sus operaciones de pago con otros países de la SEPA. Utilice desde hoy mismo el IBAN en todas sus operaciones. Puede encontrarlo en sus extractos, talonarios y banca electrónica.

Y recuerde…

  • Está obligado a aceptar de sus contrapartidas cualquier IBAN de la SEPA.
  • La cuenta de cargo de sus clientes puede estar radicada en cualquier otro país de la SEPA.
  • Como emisor de recibos, conviene adaptar la información básica a la extensión máxima del campo concepto (140 caracteres).

No olvide que…

  • Solo necesita una única cuenta para todos sus cobros y pagos dentro de la SEPA.
  • Tiene derecho a domiciliar el pago de sus recibos en cualquier IBAN de la SEPA.
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